Datos económicos de la ayuda:
- Inversión subvencionable máxima: 25.000 euros.
- Porcentaje de subvención: La ayuda cubre el 50% de la inversión. En casos generales, la ayuda es del 40%, con incrementos del 5% si la empresa pertenece a industria transformadora y otro 5% si se encuentra en municipios con menos de 5.000 habitantes.
- Presupuesto total disponible: 3 millones de euros.
- IVA excluido: Todas las ayudas están calculadas sin incluir el IVA, que no es subvencionable.
Condiciones adicionales:
- Inversión mínima subvencionable: 1.000 euros por cada equipo o herramienta. No se aceptan compras inferiores, ni tampoco la suma de varios equipos pequeños.
- Presupuesto requerido: Para inversiones de más de 15.000 euros es obligatorio presentar tres presupuestos diferentes.
Sectores y negocios que pueden solicitar la ayuda:
- Autónomos y Micropymes con menos de 3 trabajadores (verificados por la vida laboral de la empresa).
- Sectores incluidos:
- Industria manufacturera: Empresas que producen o transforman productos físicos.
- Industria alimentaria: Por ejemplo, fábricas de dulces, bodegas de vino, etc.
- Clínicas veterinarias y sanitarias: Clínicas de fisioterapia, veterinarias que adquieran equipamientos de diagnóstico o maquinaria especializada.
- Servicios: Empresas dedicadas a servicios que puedan optimizar o modernizar su oferta con nueva maquinaria o tecnología.
- Pequeños talleres: Talleres mecánicos, carpinterías o cualquier negocio que necesite maquinaria para mejorar su productividad.
- Sectores excluidos:
- Actividades financieras.
- Juegos de azar.
- Sector primario: Agricultura, ganadería y pesca.
- Tabaco.
- Comercio y artesanía: Estos sectores tienen otras ayudas específicas gestionadas por la Secretaría de Economía, por lo que no están incluidas en esta convocatoria.
Ejemplos de empresas que se beneficiarían:
- Una bodega que desee adquirir un sistema de control de calidad o maquinaria para aumentar la producción de vino.
- Una fábrica de dulces que quiera incorporar hornos o equipos que permitan crear nuevos productos o mejorar su capacidad de producción.
- Una clínica de fisioterapia que necesite equipos avanzados de tratamiento o dispositivos que mejoren la atención a los pacientes.
- Pequeñas industrias que busquen automatizar procesos o modernizar la maquinaria para aumentar su eficiencia.
Estas ayudas están específicamente dirigidas a modernizar y optimizar procesos, pero no se pueden usar para la simple reposición de maquinaria sin cambios significativos o para la compra de equipos informáticos básicos como ordenadores o impresoras.
Documentación
Junto a la solicitud se debe acompañar la siguiente documentación, (la documentación a aportar es obligatoria):
- Memoria del proyecto, conforme al contenido mínimo que se establezca en las convocatorias.
- Factura/s proformas de la/s acción/es subvencionable/s que se pretendan llevar a cabo, desglosadas por conceptos e importes.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación de Contratos del Sector público para el contrato menor, se deberá aportar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación de la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren.
La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse con la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
Sin la adecuada justificación en una oferta que no fuera la más favorable económicamente, el órgano concedente podrá recabar una tasación pericial contradictoria del bien o servicio, siendo cuenta de la empresa solicitante los gastos ocasionados. En tal caso, la subvención se calculará tomando como referencia el menor de los dos valores: el declarado por la empresa solicitante o el resultante de la tasación.
En el caso en el que no se autorice expresamente en el formulario de solicitud de la ayuda a que sean consultados o recabados de oficio, deberá acompañarse:
- Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado.
- Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
- Certificado que acredite que la empresa solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Informes relativos a la vida laboral de todas las cuentas de cotización de la empresa, expedidos por la Tesorería General de la Seguridad Social, correspondientes al periodo de los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, salvo que la empresa tenga una antigüedad inferior a doce meses, en cuyo caso deberá referirse desde que se produjo el alta en la Seguridad Social.
- Certificado emitido por la Agencia Tributaria que acredite los epígrafes de IAE en los que se encuentra dada de alta la empresa solicitante.
Más información:
envía un correo a: info@tradextremadura.com